Medio alterno de solución de conflictos por el cual los mediadores (terceros naturales) "asisten" a las partes, de manera que mediante la negociación directa entre ellas arriben a un acuerdo voluntario que ponga fin al conflicto existente entre ellas. El mediador intercederá entre las partes, buscando fórmulas de acercamiento y de solución entre ellas. Con la mediación, usted puede arreglar sus diferencias de una manera amistosa, rápida y económica.

 

Lista de Mediadores - Adjunto

 

EVITA PLEITOS

Se logran acuerdos que permiten prevenir un litigio eventual o terminar un pleito pendiente, sin trámites, costos y formalismos procesales. Un alto porcentaje de los casos presentados terminan en un buen acuerdo.

 

USTED ES EL JUEZ

En mediación las partes resuelven directamente sus discrepancias, convirtiéndose en los mejores voceros de sus intereses y en los mejores falladores de sus causas.

 

BILINGÜE

Nuestros mediadores tienen completo dominio del idioma inglés, lo que facilitará el manejo de los procesos.

 

ÁGIL

Generalmente las partes llegan a un acuerdo en una única audiencia.

 

TIENE RIGOR DE LEY

El acuerdo logrado en la mediación es obligatorio según las leyes vigentes, tiene efecto de última instancia y presta mérito ejecutivo.

 

RESERVADA

Todo lo tratado en una audiencia de mediación es confidencial y no puede conocerse fuera de ese ámbito.

 

PROFESIONAL Y ESPECIALIZADA

La lista de mediadores del CAM está compuesta por prestigiosos profesionales que han recibido capacitación en técnicas de mediación.

 

   

¿En qué consiste la mediación?

Es una negociación asistida en la cual un tercero neutral busca conducir a las partes a un acuerdo voluntario que ponga fin al conflicto existente entre ellas. El mediador intercederá entre las partes, buscando fórmulas de acercamiento y de solución que permitan mantener buenas relaciones en el futuro.

Nuestros mediadores son profesionales especializados en técnicas y métodos de mediación.

 

¿Qué conflictos se resuelven a través de la mediación?

Básicamente todos los conflictos , su aplicación es exitosa en variados ámbitos, ya sea comerciales o empresariales, familiares, institucionales o comunales, entre otras, al generar interacciones entre las partes que promueven la búsqueda de soluciones mutuamente aceptables. Ver Artículo 43 de la Ley de Arbitraje y Mediación.

Para algunos conflictos es más adecuada y efectiva que para otros, pero en general la mayoría de los conflictos son susceptibles de ser resueltos a través de la mediación.

Son varios los factores que nos ayudan a decidirnos por la mediación como es la confidencialidad, las relaciones interpersonales o comerciales que las partes en disputa desean preservar, tiempo, dinero y energía.

 

¿Qué beneficios nos da la mediación del CAM? 

  • Permite a las partes contar con un proceso bilingüe, si fuera necesario, ya que los mediadores tienen completo dominio del idioma inglés.
  • Imparcialidad en el proceso.
  • Económico: costos significativamente más reducidos, en tiempo y dinero que los requeridos en juicios ordinarios.
  • Es un proceso reservado, voluntario y confidencial.
  • Permite a las partes escoger mediadores especializados en diferentes áreas.
  • Evita litigios y es flexible en su procedimiento.
  • Es eficaz y ágil, se desarrolla en una sola etapa.
  • El acuerdo de mediación tiene fuerza de ley, dando mayor seguridad a las partes del cumplimiento de la acta. Tiene el mismo valor que una sentencia de última instancia.
  • Protege las relaciones personales y/o de negocios de las partes a través de una participación activa y directa de ella en la búsqueda de soluciones a sus diferencias.  

¿Qué procedimiento sigue la mediación?

Es un proceso establecido en la Ley de Arbitraje y Mediación y el Reglamento del Centro de Arbitraje y Mediación junto con un esquema en donde se establecen los pasos a seguir.

  

¿Es necesario ser socio de la CCEA para acudir al CAM?

No, el CAM está al alcance del público en general.

 

¿Cómo iniciar una mediación ante el CAM?

La mediación se inicia a través de una solicitud dirigida al Director del Centro de Arbitraje y Mediación.

 

¿Cuál es el costo de la mediación?

Tiene un costo inicial de $30 dólares americanos para quien solicita la mediación.

Sólo en caso de acuerdo, se aplica una tarifa de acuerdo con la cuantía del asunto. En el caso de no llegar a un acuerdo, se establece un costo por el trabajo del mediador.

 

¿Es necesario que las partes sean representadas por un abogado?

No, sin embargo, las partes pueden asistir con sus abogados a las sesiones de mediación, esto les ayudará a negociar y tomar decisiones en base a sus derechos y obligaciones legales.

 

¿Cuánto demora una mediación?

La mediación no tiene un tiempo predeterminado. Es un proceso flexible y voluntario. El número de sesiones de mediación dependerá de la necesidad de las partes para alcanzar un acuerdo por la complejidad del asunto.

Aún así, de acuerdo con las estadísticas, una mediación común se prolonga a dos sesiones en promedio.

 

¿Cómo pactar la mediación en un contrato?

A través de la cláusula tipo del CAM de la CCEA.

Recomendamos incluir en los contratos la cláusula establecida por el centro, por mayor seguridad en el proceso y eficacia del mismo.

Si no existe un acuerdo previo, la otra parte no tiene obligación de asistir.

 

¿Cuál es el valor de la Acta de Mediación para las partes?

Una vez alcanzado el acuerdo, las partes y el mediador redactan el Acta de acuerdo total o parcial de Mediación en donde se establecen las obligaciones y derechos que asume cada una de las partes.

Tiene fuerza de ley y efectos de sentencia de última instancia, otorgándole cumplimiento obligatorio ante cualquier juez ordinario. Además estadísticas mundiales muestran que el 90% de los acuerdos se cumplen ya que son las partes quienes ponen su firma en el acuerdo.

 

¿Porqué conviene incluir en un contrato una cláusula mixta de mediación y arbitraje?

Es recomendable agotar todas las vías de diálogo entre las partes previo el sometimiento de la decisión a cargo de terceras personas. Sugerimos primero agotar la vía del diálogo directo, si no se resuelve de esta manera acudir a la mediación. Si es conflicto no es resuelto por esta vía acudir al arbitraje.

 

 
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